¿Se puede tener 20 plantas florando y 20 creciendo?
La planta de cannabis se define en el Decreto 811 de 2021 como "Los individuos botánicos del género cannabis, con sistema radicular definido y en proceso de desarrollo que pueden ser destinados a obtención de semilla, grano, componente vegetal para fines industriales o derivados de cannabis."


Según esta definición, se cuenta como una unidad de planta desde el momento en que ésta tenga un sistema radicular sin importar en qué ciclo está (plántula, vegetativo, preflora o floración).

En otras palabras, no está permitido mantener 20 plantas florando y 20 creciendo en un mismo espacio para autocultivo con el argumento de que si la planta no está florando no se puede extraer estupefacientes, pues aunque la regulación puede ser ambigua, lo cierto es que para la ley el conteo no va a depender del tamaño sino de las unidades que se puedan comprobar.

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