Según esta definición, se cuenta como una unidad de planta desde el momento en que ésta tenga un sistema radicular sin importar en qué ciclo está (plántula, vegetativo, preflora o floración).
En otras palabras, no está permitido mantener 20 plantas florando y 20 creciendo en un mismo espacio para autocultivo con el argumento de que si la planta no está florando no se puede extraer estupefacientes, pues aunque la regulación puede ser ambigua, lo cierto es que para la ley el conteo no va a depender del tamaño sino de las unidades que se puedan comprobar.
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